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Hildegard Hagemann
Ponencia de KOLPING INTERNACIONAL
con motivo de la 98a
Reunión de la Organización Internacional
de Trabajo (OIT) que
se celebró del 3 al 19 de junio de
2009 a Ginebra, preparado por
Dr. Hildegard Hagemann de la
Comisión Alemana de Justicia y
Paz.
En primer lugar quisiera expresarles
mi agradecimiento por la oportunidad
que se me brinda de presentar
nuestra posición, que es el resultado
de muchos años de cooperación entre
organizaciones católicas y sindicales,
y que se plasmó en KOLPING
INTERNATIONAL, una ONG a la
que se le ha reconocido carácter
consultivo en las Naciones Unidas.
Somos una asociación con aproximadamente
450.000 miembros repartidos
en 5.300 familias Kolping
en más de 60 países. El concepto de
trabajo decente es un punto central
de nuestro programa, especialmente
con respecto a su aplicación en la
economía informal.
En estos tiempos de profunda
crisis el concepto de trabajo
decente está pasando por una
difícil prueba. Debemos encontrar
argumentos convincentes
que pongan de relieve la dignidad
del trabajador y conseguir
así que sea una piedra angular
en nuestras decisiones económicas
y ambientales.
Por ello creemos que este pilar de
los derechos humanos en el lugar de
trabajo es fundamental para superar
la actual crisis financiera y económica
y hacer frente al cambio climático,
así como a las crisis alimentaria y
energética.
Estamos refiriéndonos algunas normas
fundamentales del trabajo.
Pero además hay otras normas que
se mencionan en la Memoria del Director
General Enfrentando la crisis
mundial del empleo. Se trata de los
convenios que además de los derechos
y principios fundamentales en
el trabajo, defienden los derechos
de los trabajadores pertenecientes
a determinados sectores o grupos,
por ejemplo, los Convenios Nos 97
y 143 relativos a los derechos de los
migrantes.
Estas crisis han agudizado la competencia
y todos los mercados se ven
afectados: las materias primas, los
alimentos, los productos agrícolas
y, por supuesto, el mercado laboral.
El creciente desempleo acarrea
el peligro de una creciente presión
sobre las condiciones de trabajo,
con la consiguiente erosión de los
derechos de los trabajadores. Ello
no ocurre solamente en los países
económicamente más débiles, que
producen principalmente para los mercados de los países ricos, proporcionando
materias primas y servicios,
sino en todos los países que
operan en el mercado libre. El dumping
salarial, el desempleo, la precariedad
del trabajo y la discriminación
van a agravar el problema.
Los derechos de los trabajadores
están protegidos hasta cierto punto
por las legislaciones nacionales,
que se basan en cierta medida en
las normas de la OIT. Pero cuando la
presión sobre las normas internas y
la legislación nacional es demasiado
grande, los sindicatos por sí solos no
pueden hacer frente a la situación.
Toda solución requerirá el apoyo de
la sociedad civil así como un amplio
consenso y la voluntad política de
proteger a los trabajadores, independientemente
de que estén en
sector formal o el informal. Se necesita
un amplio diálogo social para
alcanzar este consenso. Esto implica
que las normas de la OIT se integren
en el ordenamiento jurídico interno
y que su aplicación sea vigilada por órganos independientes.
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Muchos gobiernos e interlocutores
sociales de los países más ricos entienden
que la ratificación de algunos
de estos convenios es parte integrante
del proceso de desarrollo,
pero no consideran necesario adaptarlos
a los cambios de la situación
del mercado.
Ejemplo de ello es el Convenio
sobre el trabajo a domicilio, 1996
(núm. 177) que revela la necesidad
de esa adaptación.
Al parecer, en algunos países el trabajo
a domicilio está mejor protegido
por la legislación nacional que
por el Convenio N° 177. La mayoría
de los países creen que no sirve de
nada si quieren seguir siendo competitivos
en el plano internacional
y hasta ahora sólo lo han ratificado
cinco países. Sin embargo, la ratificación
de ese Convenio en los países
productivos es fundamental por
motivos de política de desarrollo e
igualdad de género, ya que la inmensa
mayoría de la población que desempeña
ese trabajo son mujeres.
Además, muchos productos de consumo
fabricados para los países más
ricos se confeccionan en los hogares
de las trabajadoras de países en
desarrollo o países emergentes. La
falta de protección para esas trabajadoras
tiene como efecto que los
precios se puedan mantener bajos.
Si los países receptores firmaran
este convenio ello supondría el reconocimiento
de esta categoría de
trabajadores en todo el mundo.
También sería un claro reconocimiento
de la responsabilidad social
de lograr una globalización justa.
Gracias a este reconocimiento los
trabajadores de los países productores podrían exigir el respeto de
sus derechos en sus propios países,
y los gobiernos se verían realmente
inducidos a proteger a la población
contra la explotación y la pobreza.
Este ejemplo vale para muchos otros
convenios, cuyas tasas de ratificación
dejan mucho que desear. Entre ellos
se encuentra el Convenio relativo a
los trabajadores domésticos que se
examinará el año próximo.
A través de la incorporación de estas
normas a la legislación nacional
y la vigilancia de su aplicación los
trabajadores estarán protegidos, lo
que redundará en la paz laboral.
Las normas de la OIT son normas
mínimas, pero la legislación nacional
puede naturalmente ir más allá.
Estas normas, empero, no deberían
socavarse. No perjudicarán la
competencia; por el contrario, la
favorecerán en beneficio de todos,
especialmente de todos los trabajadores.
En un mundo global, las crisis sobrepasan
las fronteras nacionales y no
se resuelven con soluciones nacionales.
Hay que tener en cuenta la interdependencia
de nuestro mundo.
Aquí es donde los convenios que
han sido adoptados en el plano internacional
sobre una base tripartita
desempeñan una función mayor. No
son únicamente instrumentos de
cooperación económica sino también
medidas necesarias para ejercer
una gobernanza internacional
responsable.
La coherencia y la sostenibilidad
deberían ser el sello distintivo de la
política de empleo. Esto incumbe a
quienes asumen las decisiones que
afectarán a las generaciones futuras.
El concepto de trabajo decente tiene
el potencial de aportar respuestas
a la crisis y allanar el camino para
un mundo que sea menos vulnerable
a la crisis. Desde la adopción de
la Declaración de la OIT sobre la
justicia social para una globalización
equitativa esta ha sido la meta de los
mandantes tripartitos.
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Hildegard Hagemann
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